Micelio

Artículo 39

Decreto 736 de 1969 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Colombiano Agropecuario-ICA

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destinación de fondos. A ninguna parte de los fondos o bienes administrados por el Instituto se les podrá dar destinación distinta de la del cumplimiento de las funciones señaladas al Instituto Colombiano Agropecuario por los Decretos 3116 de 1963 y 2420 de 1968, y los presentes Estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 736 de 1969