° Desde el día 15 de enero del presente año, los empleados del ramo de Obras Publicas serán los que se expresan a continuación, con las siguientes asignaciones mensuales fijas: Ministerio De Obras Públicas El Ministro $ 340 Sección 1ª-Negocios Generales. El Secretario del Ministerio, Jefe de la Sección 180 El Oficial Mayor 30 El Oficial de Registro 60 El Portero Escribiente 52 El Cartero 24 El Conserje 20 Sección 2ª-Minas, faros, muelles y empresas industriales El Jefe) 105 El Subjefe 80 El Oficial Ayudante 65 El Conserje 20 Sección 3ª-Ferrocarriles El Ingeniero Jefe 120 El Oficial Ayudante 65 El Contador Tenedor de Libros 90 El Escribiente 45 Sección 4ª-Obras Públicas El Director de Obras Públicas, Jefe de la Sección 145 El Ingeniero Ayudante 100 El Oficial Mayor 70 El Celador del Teatro Colón 24 El Encargado de los parques y jardines nacionales 60 El Mayordomo de Palacio 50 Sección 5 ª-Almacén Nacional de útiles de escritorio, muebles y herramientas El Jefe, Administrador del Almacén 140 El Subjefe 74 Dos Auxiliares, a $38 mensuales cada uno 76 El Tenedor de Libros 65 El Ayudante del Tenedor de Libros 50 El Mecánico Escribiente 50 Dos Conserjes repartidores, a $ 28 mensuales cada uno 56 Sección 6ª-Contabilidad El Jefe 105 El Cajero Habilitado 80 El Tenedor de Libros 75 El Oficial Escribiente 55 Sección 7ª-Navegación El Jefe 120 El Ayudante 65 Dos Escribientes, a $ 45 mensuales cada uno 90 Sección 8ª-Dirección General de Caminos El Ingeniero Jefe 220 El Subjefe 140 El Ingeniero Dibujante 90 El Oficial Mayor Contador 80 El Escribiente 45
Decreto 77 de 1918 →Vigente
Artículo 1
Desde El Día 15 De Enero Del Presente Año, Los Empleados Del Ramo De Obras Publicas Serán Los Que Se Expresan A Continuación, Con Las Siguientes Asignaciones Mensuales Fijas: Ministerio De Obras Públicas El Ministro $ 340 Sección 1ª-Negocios Generales
Decreto 77 de 1918 · Por el cual se fija el personal y las asignaciones civiles de los empleados dependientes del Ministerio de Obras Públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.