Micelio

Artículo 70

Ausencia De Participantes

Decreto 991 de 1998 · por el cual se regula la aplicación de derechos “antidumping”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ausencia de participantes. Si la convocatoria no llegare a ser atendida por las partes interesadas, en los eventos en que el examen de que trata el artículo 62 del presente decreto se adelante de oficio, el Incomex ordenará el cierre de la investigación. En este caso el Ministerio de Comercio Exterior, dentro de los 30 días siguientes al vencimiento del plazo de la convocatoria, ordenará mediante resolución motivada la eliminación del derecho impuesto. La ausencia de participantes, tratándose de las revisiones a las que se refiere el artículo 60 del presente decreto, conllevará el cierre del procedimiento. En este evento el derecho definitivo y las manifestaciones de intención se mantendrán sin modificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 991 de 1998