º Como un merecido homenaje a tan augusta y benemérita institución, el Congreso de la República destina la suma de setenta millones de pesos ($70.000.000) moneda legal, por una sola vez, como una contribución a los diversos gastos que el normal funcionamiento de la entidad requiera, como son: provisión o acondicionamiento de sede, amoblamiento, acondicionamiento de local y archivos, biblioteca, edición de revistas o publicaciones científicas, especialmente "Antioquia Médica", congresos científicos, etc.
Ley 34 de 1987 →Vigente
Artículo 3
Ley 34 de 1987 · por medio de la cual el Congreso de la República, se asocia a la celebración del primer centenario de la fundación de la Academia de Medicina de Medellín.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.