División de Servicios Administrativos. - Son funciones de la División de Servicios Administrativos las siguientes:
1. Preparar y ejecutar planes operativos y de desarrollo de la Dependencia, identificando acciones integradas y de control interno e informarlas a la Dirección Administrativa del Registro de Instrumentos Públicos para su consolidación en las oficinas de Planeación e Informática y de Control Interno, según su competencia.
2. Programar, adelantar y coordinar las actividades concernientes a la adquisición, almacenamiento, inventario y suministro de los elementos, equipos y otros bienes necesarios para el eficiente funcionamiento de las oficinas de registro de instrumentos públicos.
3. Preparar el programa general de compras para las oficinas de registro y coordinar los trámites administrativos de licitación y contratación, relacionados con la adquisición de elementos, equipos, servicios y otros bienes.
4. Ejecutar, directamente o por contrato que celebre la Superintendencia, el diseño, construcción o interventoría de las obras civiles de las oficinas de registro, y coordinar la reparación y el mantenimiento de las instalaciones físicas y de los equipos de dichas oficinas.
5. Llevar y mantener actualizado el sistema de calificación y registro de proponentes.
6. Colaborar en la preparación de estudios, instrucciones y demás proyectos de actos administrativos que deban realizarse o expedirse en cuanto al manejo de los asuntos administrativos de las oficinas de registro.
7. Prestar la asesoría y asistencia que las oficinas de registro requieran en el área administrativa.
8. Rendir informes periódicos y los demás que le sean solicitados por la Dirección Administrativa del Registro de Instrumentos Públicos.
9. Adelantar o coordinar estudios sobre distribución de espacios para la atención al público, obsolecencia y reposición de equipos, así como de las condiciones ambientales de trabajo.
10. Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.