° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 58. Personal y Material. Del artículo 349 Para viáticos y gastos de transporte del personal y del Consejo de Vías $ 1.500 Capítulo 65. Gastos varios. Del artículo 448. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio y para atender al pago de medios sueldos por enfermedad comprobada 1.500 Capítulo 58. Personal y Material. Al artículo 348. Para muebles, útiles de escritorio y demás gastos del Ministerio 3.000 Sumas iguales $ 3.000 3.000 Comuníquese.
Decreto 1610 de 1937 →Vigente
Artículo 5
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Obras Publicas Capítulo 58
Decreto 1610 de 1937 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.