° La línea telegráfica de las Secciones 8. a i 9. a será servida en Barranquilla por una sola oficina que tendrá el siguiente personal: un Telegrafista, Jefe de la oficina; un primer Ayudante, encargado especialmente de la línea de Bolívar; un segundo Ayudante encargado especialmente la línea del Magdalena, i dos Carteros.
Decreto 701 de 1876 →Vigente
Artículo 1
La Línea Telegráfica De Las Secciones 8
Decreto 701 de 1876 · Que reúne en una sola, en Barranquilla, las oficinas telegráficas de las Secciones 8a i 9a de los telégrafos nacionales, i que fija el personal de ella
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.