De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley 1ª de 1947, el Ministro de Educación Nacional dictará las medidas del caso para organizar y dotar adecuadamente la Colonia Escolar de Vacaciones de Andes. Los gastos que demande esta empresa se financiarán con los recursos del Fondo Escolar Nacional ( Ley 30 de 1944 ).
Ley 57 de 1948 →Vigente
Artículo 4
Ley 57 de 1948 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración del primer centenario de la fundación de Andes (Antioquia)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.