Micelio

Artículo 2.2.2.6.7

Plazo Y Entidades Objetivo

Decreto 1170 de 2015 · por medio del cual se expide el decreto reglamentario único del sector Administrativo de Información Estadística.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Plazo y entidades objetivo . Los procesos catastrales a financiar o cofinanciar, a través del mecanismo previsto en este decreto, son los que se ejecuten entre la expedición de la Ley 2159 de 2021, o hasta el horizonte establecido en las metas de la política, focalizada para municipios o distritos, que cumplan con los criterios del artículo 2.2.2.6.6 de este Decreto y manifiesten el interés de recibir la financiación o cofinanciación para la formación o actualización catastral en su territorio, de conformidad con lo dispuesto en artículo 107 de la Ley 2159 de 2021.

Parágrafo

En la medida que subsista la presente financiación o cofinanciación en el Presupuesto General de Nación (PGN), de los años subsiguientes al 2022, el comité de cofinanciación definirá los criterios de priorización, así como, el porcentaje de cofinanciación y los municipios o distritos que aplican para financiación del 100% del costo de la formación o actualización catastral.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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