Micelio

Artículo 19

Prima De Clima

Decreto 609 de 1977 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Agentes de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prima de clima. Los Agentes de la Policía que presten sus servicios en climas rigurosos o malsanos, tendrán derecho a recibir mensualmente una prima que se denominará prima de clima equivalente al diez por ciento (10%) del sueldo básico. El Ministerio de Defensa Nacional determinará los lugares en que deba reconocerse.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 609 de 1977