º El Ministerio de Hacienda dictará la resolución que sea de rigor, y una copia de ésta será presentada al Banco de la República o a las entidades autorizadas para emitir giros al Exterior, para los efectos del artículo 1º del presente Decreto.
Decreto 308 de 1941 →Vigente
Artículo 3
El Ministerio De Hacienda Dictará La Resolución Que Sea De Rigor, Y Una Copia De Ésta Será Presentada Al Banco De La República O A Las Entidades Autorizadas Para Emitir Giros Al Exterior, Para Los Efectos Del Artículo 1º Del Presente Decreto
Decreto 308 de 1941 · Por el cual se reglamenta una exención
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.