Los Magistrados del Tribunal Disciplinario son recusables como los jueces por los motivos y causales señalados en el procedimiento penal.
Ley 20 de 1972 →Vigente
Artículo 13
Ley 20 de 1972 · Por la cual se determinan la composición y el funcionamiento del Tribunal Disciplinario.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.