Micelio

Artículo 2

El Instituto Nacional De Salud Podrá Girar A Las Entidades Que Concurran A La Ejecución Del Programa De Saneamiento Básico Rural, Con Base En Los Convenios Interadministrativos De Cooperación De Que Trata El Artículo Anterior, Los Recursos Indispensables Para Financiar La Mencionada Concurrencia, En La Forma Y Condiciones Determinadas Por El Consejo Nacional De Política Económica Y Social, Conpes

Decreto 2692 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 77 de 1987.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Instituto Nacional de Salud podrá girar a las entidades que concurran a la ejecución del programa de Saneamiento Básico Rural, con base en los convenios interadministrativos de cooperación de que trata el artículo anterior, los recursos indispensables para financiar la mencionada concurrencia, en la forma y condiciones determinadas por el Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2692 de 1990