Dentro de los primeros diez días de cada mes es obligatoria la confección del balance de prueba correspondiente al mes inmediatamente anterior, y sus anexos. El 31 de diciembre de cada año, se cortarán las cuentas y se hará el balance general y la liquidación contable de las" actividades correspondientes al año que termina.
Decreto 265 de 1969 →Vigente
Artículo 25
Dentro De Los Primeros Diez Días De Cada Mes Es Obligatoria La Confección Del Balance De Prueba Correspondiente Al Mes Inmediatamente Anterior, Y Sus Anexos
Decreto 265 de 1969 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Corporación Nacional de Turismo de Colombia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.