A los empleados de la Universidad del Ministerio Público se les aplicará en materia de administración de personal y de carrera, el régimen general que establezcan los estatutos. El personal docente se regirá en estas materias por lo establecido en sus estatutos de conformidad con lo señalado en la Ley 30 de 1992.
El régimen de nomenclatura salarial y prestacional aplicable a los empleados administrativos de la Universidad será el señalado por el Gobierno nacional para los empleos de la Procuraduría General de la Nación, en desarrollo de las facultades otorgadas en la Constitución y en la Ley 4ª de 1992.
De acuerdo a la transición del Instituto de Estudios del Ministerio Público (IEMP) el Procurador General podrá distribuir y/o ubicar los empleos de la planta de personal globalizada, en la Universidad del Ministerio Público o entre las distintas dependencias de la Procuraduría, de acuerdo con las necesidades del servicio.