Micelio

Artículo 4

Decreto 2769 de 1954 · Por el cual se concede un auxilio, se abren unos créditos adicionales -suplementales y extraordinarios- al Presupuesto para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Relaciones Exteriores, de Hacienda y Crédito Público, de Fomento y de Obras Públicas), se aclara el Decreto legislativo 2454 del presente año y se dictan unas disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con base en los nuevos ingresos y recursos fiscales de que trata el artículo anterior, abrense los siguientes créditos adicionales -suplementales y extraordinarios- al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:

CAPITULO 10

Personal y Material.

CAPITULO 14

Gastos Varios.

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Gastos de Administración y Otros.

CAPITULO 32

Superintendencia Bancaria.

MINISTERIO DE FOMENTO

CAPITULO 71

Departamento Sexto.

Superintendencia Nacional de Cooperativas.

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Obras nacionales con recursos del crédito.

CAPITULO 132-A

Reembolsos a los Departamentos por contratos de construcción y financiación de carreteras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2769 de 1954