Presentación ded sobordos o manifiestos de carga . Los agentes marítimos de los buques nacionales y extranjeros que transporten carga general o a granel de importación o exportación deberán remitir a la Dirección General Marítima dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de arribo o zarpe del buque, una copia del respectivo sobordo o manifiesto de carga presentado a la aduana y sellado por ésta.
Decreto 2327 de 1991 →Vigente
Artículo 16
Presentación Ded Sobordos O Manifiestos De Carga
Decreto 2327 de 1991 · por el cual se dictan normas sobre transporte marítimo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.