Responsabilidades de las entidades territoriales municipales . Para la implementación, operación y seguimiento del Plan Nacional de Vacunación, las entidades territoriales municipales deben: 21.1. Garantizar la contratación del talento humano para la gestión y operación del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19, que incluye manejo de insumos, red de frío, sistema de información y acompañamiento técnico. 21.2. Verificar, en su jurisdicción, la suficiencia y capacidad de respuesta de los prestadores de servicios de salud, para el desarrollo de la estrategia de va¬cunación contra el COVID-19, respecto al talento humano exclusivo para la vacunación, como también de la adaptación y expansión del servicio de vacunación. 21.3. Cumplir con los lineamientos técnicos y operativos para la vacunación con¬tra el COVID-19, emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social. 21.4. Gestionar las acciones intersectoriales para la articulación de estrategias que permitan el cumplimiento de los objetivos del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19. 21.5. Definir las estrategias y tácticas de vacunación y el proceso de microplanifi¬cación para el logro de la meta establecida a nivel municipal. 21.6. Brindar asistencia técnica a los prestadores del servicio de salud en la imple¬mentación de la vacunación contra el COVID-19, así como la operación del sistema de vigilancia en salud pública para casos de eventos supuestamente atribuidos a la vacunación o inmunización (ESAVI) - protocolo 298. 21.7. Establecer e implementar el plan de comunicaciones de la vacunación contra el COVID-19, de acuerdo a los lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud. 21.8. Fortalecer el desarrollo de capacidades del talento humano para la ejecución de la vacunación contra el COVID-19. 21.9. Garantizar la cadena de frío, el manejo de biológicos y los demás insumos para la vacunación contra el COVID-19, según las indicaciones del fabrican¬te y los lineamientos nacionales del Programa Ampliado de Inmunizaciones, del Ministerio de Salud y Protección Social, de las vacunas bajo su custodia. 21.10. Contar con el plan de contingencia ante fallas de fluido eléctrico u otro tipo de eventos que ponga en riesgo la seguridad de la vacuna. 21.11. Solicitar al departamento, por el sistema de información PAIWEB, las vacu¬nas, las jeringas y los carnés, de acuerdo a la disponibilidad y programación que defina el Ministerio de Salud y Protección Social. 21.12. Incorporar en los sistemas de inventarios y contables de la dirección territo¬rial de salud las vacunas contra el COVID-19 e insumos asignados desde el Departamento. 21.13. Realizar el seguimiento al movimiento de insumos y biológicos de los pres¬tadores de servicios de salud. 21.14. Adquirir póliza de seguro todo riesgo para el amparo de las vacunas e insu¬mos para la vacunación contra el COVID-19, mientras estos estén bajo su custodia. 21.15. Realizar seguimiento permanente a los biológicos e insumos para la vacuna¬ción contra el COVID- 19 con el fin de evitar pérdidas o vencimiento de las mismas que conlleven a procesos disciplinarios y fiscales por ser cataloga¬dos un bien público. 21.16. Realizar el seguimiento a los reportes de pérdidas de cadena de frío, y tomar las medidas correctivas en cada caso. 21.17. Realizar en el marco de sus competencias el seguimiento al cumplimiento del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID 19, en todo el territorio de su jurisdicción. 21.18. Asegurar el transporte para el traslado de vacunas e insumos del programa desde los centros de acopio municipales. 21.19. Adelantar acciones de información y educación en salud para la promoción de la vacunación contra el COVID-19 21.20. Coordinar con los aliados estratégicos (ICBF, DPS, Familias en Acción y otros socios del territorio) el cronograma de vacunación, promoción y difu¬sión de la vacunación contra el COVID-19. 21.21. Realizar la vigilancia epidemiológica de los ESAVI. 21.22. Socializar los lineamientos a todas las IPS en su territorio. 21.23. Elaborar el plan de acción que incluye la microplanificación de la vacuna¬ción contra el COVID-19 con los actores del PAI, según meta, objetivos, es¬trategias, tácticas de vacunación, actividades por componente y presupuesto. 21.24. Definir con las entidades responsables del aseguramiento en salud y los pres¬tadores de servicios de salud las estrategias y tácticas de vacunación. 21.25. Evaluar el avance del cumplimiento de la meta de acuerdo con la micropla¬nificación y proponer intervenciones. 21.26. Orientar a los habitantes de su jurisdicción frente a las dudas o consultas relacionadas con toda la información que reposa en la plataforma MIVACU¬NA COVID-19. CAPÍTULO V Pago de los costos asociados a la aplicación de la vacuna
Decreto 109 de 2021 →Vigente
Artículo 21
Responsabilidades De Las Entidades Territoriales Municipales
Decreto 109 de 2021 · por el cual se adopta el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.