° Los Departamentos, con autorización del Gobierno Nacional, podrán dar en garantía de empréstitos la participación que les corresponda para fomento municipal, de acuerdo con este Decreto, siempre que se trate de realizar planes de fomento también debidamente autorizados por el Gobierno Nacional.
Decreto 2838 de 1954 →Vigente
Artículo 6
Los Departamentos, Con Autorización Del Gobierno Nacional, Podrán Dar En Garantía De Empréstitos La Participación Que Les Corresponda Para Fomento Municipal, De Acuerdo Con Este Decreto, Siempre Que Se Trate De Realizar Planes De Fomento También Debidamente Autorizados Por El Gobierno Nacional
Decreto 2838 de 1954 · por el cual se dictan disposiciones para nacionalizar la Educación Primaria e incrementar el Fomento Municipal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.