En el Presupuesto de la próxima vigencia se incluirá la partida de doscientos mil pesos ($ 200,000.00) para iniciar el cumplimiento de esta Ley, y en adelante se incluirán en los Presupuestos de las vigencias siguientes, las partidas que fueren necesarias a juicio del Gobierno, de acuerdo con el concepto de los técnicos y con el estado de los trabajos.
Ley 147 de 1938 →Vigente
Artículo 6
Ley 147 de 1938 · por la cual se dispone la continuación y ensanche de los trabajos de excavación e investigación arqueológicas en las regiones de San Agustín y Tierradentro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.