Micelio

Artículo 5

Continuidad De La Remuneración E Incorporación

Decreto 1436 de 2024 · por medio del cual se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial, Contaduría General de la Nación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Continuidad de la remuneración e incorporación . Los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial, Contaduría General de la Nación a los que se les suprime el cargo, continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los cargos que desempeñan actualmente y cumpliendo las funciones asignadas a los empleos que ocupan, hasta tanto se produzca la incorporación en los cargos creados en el artículo 2° del presente decreto o sean nombrados en otros cargos equivalentes y tomen posesión.

Parágrafo

A los servidores públicos de la Unidad Administrativa Especial, Contaduría General de la Nación, actualmente vinculados y que en virtud del presente Decreto sean incorporados en los empleos creados en el artículo 2º de este Decreto no les aplicarán las disposiciones consagradas en los artículos 2.2.13.2.2, 2.2.13.2.3 y el

Parágrafo

del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto número 1083 de 2015.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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