Micelio

Artículo 6

º

Decreto 1949 de 1948 · por el cual se dictan algunas medidas sobre exportaciones, importaciones y control de cambios.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los artículos de producción nacional agrícola, minera o manufacturera, distintos de los mencionados en el ordinal 1º del artículo 1º, podrán ser exportados mediante licencias expedidas por la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones, con el visto bueno del Ministerio de Comercio e Industrias.

Parágrafo

El Ministerio de Comercio e Industrias podrá autorizar, por medio de resolución, la exportación general de aquellos artículos de los cuales no exista escasez en el país, o en la zona geográfica de su producción. Al mismo tiempo, podrá otorgar las licencias de que habla el presente artículo, previo convenio contractual con los interesados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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