ARTICULO 24. División de Planes, Programas y Proyectos. Son funciones de la División de Planes, Programas y Proyectos
Proponer a la Subdirección, la formulación de políticas, planes, programas y proyectos a nivel nacional que orienten el servicio policial en el sector urbano.
Asesorar al Subdirector en los asuntos propios de su función y en lo relacionado con el servicio de vigilancia urbana.
Señalar criterios para la conformación de unidades básicas de policía urbana.
Coordinar con la Subdirección Docente los planes de instrucción y la programación de cursos que requiera la especialidad.
Elaborar y proponer procedimientos operativos que conduzcan a mejorar el servicio de policía en las zonas urbanas.
Recolectar, procesar y analizar la información y estadísticas sobre problemáticas delincuencial y contravencional a nivel urbano.
Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y programas diseñados para la vigilancia urbana.
Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.