º. Asignación de Funciones. La función asignada a la Dirección General Jurídica, por el literal h) del artículo 43 del Decreto 372 de 1996, a partir de la fecha de publicación del presente Decreto será ejercida por la Dirección General Unidad Administrativa Especial para el Desarrollo Institucional de los Entes Territoriales. Por lo tanto el artículo 24 del citado Decreto, se adiciona con la siguiente función: 1. Resolver las consultas jurídicas que formulen las entidades territoriales, que no sean facultad expresa de otras Direcciones, las consultas se absolverán previa revisión de las Secretarías de Gobierno de las entidades territoriales o las dependencias que hagan sus veces.
Decreto 1684 de 1997 →Vigente
Artículo 3
Asignación De Funciones
Decreto 1684 de 1997 · por el cual se fusionan unas dependencias del Ministerio del Interior.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.