Micelio

Artículo 4

Composición

Decreto 1777 de 2016 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Extinción de Dominio y se adiciona un artículo al Título 3 de la Parte 1 del Libro 1 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Ã?nico Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Composición . La Comisión estará integrada por

1.

El Presidente de la República o su delegado, quien la presidirá.

2.

El Ministro de Justicia y del Derecho o su delegado.

3.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado.

4.

El Fiscal General de la Nación o su delegado.

5.

El Presidente de la Sociedad de Activos Especiales, SAE, o su delegado.

Parágrafo 1

Las delegaciones que realicen los miembros de la comisión deberán recaer en servidores públicos del nivel directivo o asesor.

Parágrafo 2

Podrán ser invitados de manera permanente, o cuando se considere necesario, a los representantes de otras entidades públicas, de la sociedad civil o del sector privado, quienes participarán con voz pero sin voto.

Parágrafo 3

La Comisión expedirá su propio reglamento, en el que establecerá, entre otros aspectos, lo relacionado con la periodicidad de las reuniones y el quórum requerido para deliberar y tomar decisiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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