Los ingresos del Fondo de Fomento Algodonero y el patrimonio formado por éstos que constituyen fondos especiales en la entidad administradora serán los siguientes:
El producto de las cuotas de fomento algodonero.
Los rendimientos por el manejo de sus recursos, incluido los financieros.
Los derivados de las operaciones, contratos y convenios.
El producto de la venta o liquidación de sus activos e inversiones.
Los recursos del crédito.
Las inversiones, aportes y donaciones que reciba.
El producto de multas y sanciones.
Los recursos del Fondo de Fomento Algodonero no hacen parte del Presupuesto General de la Nación y sólo podrán ser utilizados para los fines específicos señalados en esta Ley.