Micelio

Artículo 11

Ingresos Y Patrimonio Del Fondo

Ley 219 de 1995 · por la cual se establece la cuota de fomento algodonero, se crea un Fondo de Fomento y se dan normas para su recaudo y administración.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los ingresos del Fondo de Fomento Algodonero y el patrimonio formado por éstos que constituyen fondos especiales en la entidad administradora serán los siguientes:

1.

El producto de las cuotas de fomento algodonero.

2.

Los rendimientos por el manejo de sus recursos, incluido los financieros.

3.

Los derivados de las operaciones, contratos y convenios.

4.

El producto de la venta o liquidación de sus activos e inversiones.

5.

Los recursos del crédito.

6.

Las inversiones, aportes y donaciones que reciba.

7.

El producto de multas y sanciones.

Parágrafo

Los recursos del Fondo de Fomento Algodonero no hacen parte del Presupuesto General de la Nación y sólo podrán ser utilizados para los fines específicos señalados en esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 219 de 1995