Micelio

Artículo 9

Ingreso De Suboficiales Y Agentes Al Escalafón De Oficiales De Los Servicios Los Suboficiales Y Agentes De La Policía Nacional, En Servicio Activo, Que Opten Título Universitario En Las Especialidades A Que Se Refiere El Artículo 2º De Este Decreto , Podrán Ingresar Al Escalafón De Oficiales Del Respectivo Servicio En El Grado De Teniente, Previo El Lleno De Los Requisitos Siguientes: A

Decreto 2553 de 1975 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2388 de 1971, reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Ingreso de Suboficiales y Agentes al Escalafón de Oficiales de los Servicios Los suboficiales y Agentes de la policía nacional, en servicio activo, que opten título universitario en las especialidades a que se refiere el artículo 2º de este Decreto , podrán ingresar al escalafón de oficiales del respectivo servicio en el grado de teniente, previo el lleno de los requisitos siguientes: a. presentar la solicitud de escalafonamiento al Ministerio de Defensa por conducto de la Dirección General. b. Concepto favorable a la Dirección General de Policía; c. Comprobar la obtención del grado en la especialidad referida, mediante la presentación del correspondiente título. d. Concepto favorable de la Junta Asesora de la Policía Nacional; e. Adelantar y aprobar el curso de orientación Policial, de acuerdo a reglamentación de la Dirección General; f. Estar clasificado en lista 1 o 2 durante los dos (2. últimos años de su carrera, excepto los agentes; g. Aptitud sicofísica determinada por la Sanidad de la Policía.

Parágrafo

Los Suboficiales agentes que en desarrollo de los Artículos 20 del decreto 2338 de 1971 y 9º del Decreto 2340de que trata el artículo 2º de este decreto, al término y aprobación de éstos, podrán pasar al escalafón de oficiales del respectivo servicio en el grado de Subteniente, siempre que reúnan los demás requisitos exigidos para quienes hubieren optado título profesional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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