Cuando el Oficial o Suboficial calificado disienta con la calificación asignada por la Autoridad Calificadora o con el concepto de la Autoridad Revisora, puede solicitar verbalmente y con ocasión del enterado, rectificación sobre los motivos de inconformidad. Si la autoridad requerida resuelve mantener sus conceptos y el calificado continúa en desacuerdo con alguno o varios de los juicios emitidos, tiene derecho, a interponer reclamo escrito por conducto regular, ante la respectiva Junta Clasificadora.
Tratándose de personal civil se observa el mismo procedimiento hasta presentar el reclamo por conducto regular ante la Autoridad Revisora, cuyo fallo será definitivo.