Micelio

Artículo 2.19.8

Contrato Del Fondes

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contrato del Fondes. Para la administración fiduciaria de los recursos del Fondes, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público suscribirá con la FDN el Contrato, el cual, además de contener todo lo necesario para dar aplicación a lo establecido en esta Parte, deberá al menos contemplar los siguientes aspectos

1.

Las obligaciones de las partes.

2.

Rendición de cuentas y contabilidad.

3.

Modificación y terminación del contrato.

Parágrafo

La FDN aplicará su propio régimen de contratación a los actos y contratos que celebre el Fondes para el desarrollo de su objeto y actividades, con excepción de las operaciones relacionadas con Crédito Público, las cuales surtirán el trámite previsto en el Decreto 1068 de 2015, y las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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