SUMINISTRO DE INFORMACION AL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE INTENDENCIAS Y COMISARIAS. Los organismos y entidades públicas en cuyos presupuestos se apropien partidas para inversión en las Intendencias y Comisarías, suministrarán las informaciones que requiera el Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, para verificar, evaluar y controlar los recursos destinados a esas entidades territoriales.
Decreto 469 de 1986 →Vigente
Artículo 31
Decreto 469 de 1986 · por el cual se expiden normas sobre el régimen presupuestal y fiscal de las intendencias y comisarías y sus entidades descentralizadas y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.