Micelio

Artículo 5

De Los Requisitos Del Carné

Decreto 410 de 1979 · Por el cual se reglamenta el artículo 7º del Decreto 2345 de 1956

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De los requisitos del Carné. Toda persona que se ocupe o quiera ocuparse de prestar el servicio de Guía Turístico o Cicerone, debe obtener de la Corpornci6n Nacional de Turismo de Colombia la expedición del correspondiente Carné. Para la expedici6n del correspondiente Carné, debe el interesado cumplir ante la misma los siguientes requisitos

a)

Acreditar ser mayor de 18 años.

b)

Presentar solicitud por escrito, Indicando en ella el área en el cual aspira a prestar sus servicios.

c)

Presentar certificado de buena conducta expedido por autoridad competente.

d)

Presentar certificado médico en que conste que no padece enfermedad infectocontagiosa,

e)

Anexar a la solicitud dos (2) fotografías tamaño cédula.

f)

Presentar ante la mencionada Corporación, examen de conocimientos generales, de acuerdo al área en la cual aspira a prestar sus servicios.

g)

Presentar certificado de idoneidad en idiomas extranjeros, particularmente en inglés, otorgado por establecimiento autorizado por el Ministerio de Educación Nacional, cuando el servicio lo requiera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 410 de 1979