°. Modificar el artículo 2.6.1.3.3 del Decreto 1081 de 2015 Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República, el cual quedará así: Artículo 2.6.1.3.3. Comité Ejecutivo ZEII. Créase el Comité Ejecutivo ZEII que tendrá por objeto adoptar las acciones necesarias que permitan materializar las decisiones, directrices y recomendaciones impartidas por el Comité Estratégico de las ZEII, para la implementación de los PEII. El Comité estará integrado por
Director del Departamento Administrativo de la presidencia de la República, quien lo presidirá.
Consejero Presidencial para la Seguridad Nacional.
Consejero Presidencial para la Estabilización y la Consolidación.
Consejero Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales.
Consejero Presidencial para las Comunicaciones.
Consejeros Presidenciales o funcionarios del Gobierno delegados por el Presidente de la República para cada Zona Estratégica de Intervención Integral.
Alto Comisionado para la Paz.
Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
Viceministro para las Políticas y los Asuntos Internacionales del Ministerio de Defensa Nacional.
Viceministro de Relaciones Políticas del Ministerio del Interior.
Director de la Agencia de Renovación del Territorio.
Director de la Unidad Especial Administrativa de Parques Nacionales.
Director de la Unidad de Información y Análisis Financiero.
Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Secretario de Transparencia de la Presidencia de la República.
Director del Fondo de Programas Especiales para la Paz.
Comandante General de las Fuerzas Militares.
Director General de la Policía Nacional.
Subdirector Territorial del Departamento Nacional de Planeación.
° . El Comité Ejecutivo de las ZEII se reunirá de manera ordinaria trimestralmente, previa convocatoria de la Secretaría Técnica, sin perjuicio de que se reúna de manera extraordinaria cuando sea necesario. Las reuniones serán indelegables y en lo posible presenciales. De cada sesión se levantará un acta que indique entre otros, los compromisos adquiridos y los plazos de ejecución. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República podrá invitar, según el tema a tratar, a cualquier otro servidor público, o particular, miembro del sector privado, organizaciones de la sociedad civil, de la academia o de la comunidad internacional.
° . El Comité Ejecutivo de las ZEII contará con una Secretaría Técnica permanente que será ejercida por la Consejería Presidencial para la Seguridad Nacional, quien será el responsable de realizar la convocatoria y llevar las actas de las sesiones adelantadas.