Micelio

Artículo 2

Decreto 976 de 1955 · Por el cual se fija el monto de un auxilio y se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de Educación Nacional)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal:

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Gastos de Administración y otros

CAPITULO 41

Gastos varios.

Ministerio de Educación Nacional

CAPITULO 108

Auxilios

Departamento de Boyacá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 976 de 1955