Micelio

Artículo 2

Ley 2 de 1976 · Por el cual se reorganizan los impuestos de papel sellado y de timbre y se dictan otras disposiciones en materia de impuestos indirectos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se extenderán en papel sellado:

1.

Los escritos y actuaciones que se dirijan o se surtan ante las Ramas Legislativa, Ejecutiva y Jurisdiccional del Poder Público, del Ministerio Público y de la Contraloría General de la República, del nivel central, departamental, distrital o municipal.

2.

Los instrumentos públicos y privados de constitución, modificación o extinción de obligaciones convencionales o de disposiciones testamentarias.

3.

Las copias, extractos y certificados que expidan los Notarios o quienes hagan sus veces.

4.

Las actuaciones que se surtan ante las Cámaras de Comercio y ante los Tribunales de Arbitramento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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