Queda Prohibida La Importación Al Territorio Nacional De Licores De La Misma Clase Ó Naturaleza De Los Enumerados En El Artículo Anterior, Como Pertenecientes Al Monopolio Da Licores Nacionales
Decreto 244 de 1906 · Aclaratorio del artículo 2º del Decreto número 41 del año próximo pasado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Queda prohibida la importación al territorio nacional de licores de la misma clase ó naturaleza de los enumerados en el artículo anterior, como pertenecientes al monopolio da licores nacionales.
Parágrafo
El Gobierno puede autorizar introducción de alcohol á de-determinadas secciones del país, mediante convenios especiales entre la Gerencia de rentas y los Rentadores da la renta de licores nacionales.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.