Micelio

Artículo 19

La Junta Directiva Se Reunirá Por Lo Menos Con Cinco (5) De Sus Miembros, Y Las Decisiones Serán Adoptadas Con El Voto Favorable De Cuatro (4) De Ellos

Decreto 541 de 1977 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 1 de la Junta Directiva de la Empresa de Telecomunicaciones de Cartagena Telecartagena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Directiva se reunirá por lo menos con cinco (5) de sus miembros, y las decisiones serán adoptadas con el voto favorable de cuatro (4) de ellos. A las sesiones de la Junta podrán asistir los suplante pero solamente tendrán voto y voto los miembros principales o los suplentes en ausencia de los titulares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 541 de 1977