Articulo 11. Son funciones de la Oficina Jurídica
Conceptuar sobre los problemas jurídicos relacionados con el Ministerio;
Elaborar o revisar los proyectos de ley, decretos, resoluciones y contratos del Ministerio;
Suministrar al Ministerio Público, en los juicios en que sea parte la Nación, todas las informaciones y documentos necesarios para la defensa de los intereses del Estado y de los actos del Gobierno e informar al Ministro y a. la Secretaría Jurídica de la Presidencia del curso de dichos juicios;
Preparar y revisar proyectos reformatorios del Código Sustantivo del Trabajo o de leyes relacionadas con la competencia del Ministerio;
Estudiar, en coordinación con la Oficina de Planeación y Economía Laboral los expedientes relacionados con la declaratoria de unidad de empresas y proyectar las providencias que sean del caso;
Coordinar el desarrollo de sus actividades con la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República;
Elaborar y mantener al día la codificación de las normas relacionadas con el Ministerio, y
Ejercer las atribuciones que le confiera la ley o que le sean adscritas o delegadas.