Micelio

Artículo 6

º Los Investigadores Nacionales Que Realicen Viajes De Estudio Al Exterior, Gozarán De Las Siguientes Ventajas Y Facilidades: 1

Decreto 584 de 1991 · por el cual se reglamentan los viajes de estudio al exterior de los investigadores nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los investigadores nacionales que realicen viajes de estudio al exterior, gozarán de las siguientes ventajas y facilidades

1.

Prelación por parte del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior "Mariano Ospina Pérez", Icetex, especialmente a través de la Comisión Nacional de Becas, en todo lo relativo al crédito educativo, los servicios educativos por convenios internacionales, becas por cooperación internacional, y servicios especiales tales como expedición de carnés, certificados para obtención de visas, descuentos en pasajes y autorización de divisas.

2.

Derecho a solicitar a las representaciones diplomáticas y consulares de Colombia en el exterior, colaboración para los fines relacionados con el viaje, en especial para establecer contactos con entidades dedicadas a la ciencia y la tecnología.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 584 de 1991