Micelio

Artículo 9

º

Decreto 1929 de 1994 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 101 de 1993 y se dictan algunas disposiciones sobre Tecnología y Asistencia Técnica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las Secretarías de Agricultura, o quien desarrolle sus funciones, serán las encargadas de vigilar que el personal profesional y técnico que se vincule a la UMATA como personal de planta del Municipio, lo haga con sujeción a las normas y procedimientos de la carrera administrativa.

Parágrafo 1

Cuando la creación de la UMATA se haga por iniciativa popular, el municipio vinculara a su planta de personal, como mínimo, los profesionales y técnicos que hagan parte de la unidad básica.

Parágrafo 2

Para que los municipios puedan acceder a los recursos de cofinanciamiento del Fondo DRI, deben certificar que, el personal profesional y técnico que conforma la UMATA y que hace parte de la planta del municipio, esté vinculado conforme a los requisitos de carrera administrativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1929 de 1994