Los convenios docente-asistenciales que se encuentren en ejecución al entrar en vigencia el presente Decreto, deberán ajustarse al mismo, en un término de seis (6) meses. Los convenios nuevos o sus prórrogas deberán efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el presente Decreto.
Decreto 190 de 1996 →Vigente
Artículo 18
Decreto 190 de 1996 · por el cual se dictan normas que reglamentan la relación docente-asistencial en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.