Micelio

Artículo 6

La Vigilancia Del Cumplimiento Del Presente Decreto, En Cuanto Se Refiere Al Personal Docente, Carcelario Y Penitenciario Y Diplomático Y Consular Será Ejercida Por El Respectivo Ministerio

Decreto 528 de 1976 · Por el cual se dictan medidas tendientes a la preservación del orden público y a su restablecimiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La vigilancia del cumplimiento del presente Decreto, en cuanto se refiere al personal docente, carcelario y penitenciario y diplomático y consular será ejercida por el respectivo Ministerio. La del personal de carrera administrativa será de cargo del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 528 de 1976