Micelio

Artículo 66

Decreto 3152 de 1986 · Por el cual se reorganiza la estructura y funciones del Departamento Nacional de Planeación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

FUNCIONES DE LA DIVISION ESPECIAL. Son funciones principales de la División Especial de Comercio Externo e Interno

1.

Realizar las investigaciones y estudios que requiera el Departamento Nacional de Planeación para la definición de las políticas de comercio externo e interno.

2.

Analizar la política de comercio exterior del país y preparar las propuestas respectivas que tengan en cuenta su impacto sobre el sector productivo.

3.

Adelantar y promover estudios para el diseño y manejo de la política arancelaria del país y de la política de importaciones y recomendar criterios y parámetros sobre protección a la producción nacional.

4.

Realizar y promover estudios para el diseño y manejo de la política de promoción y desarrollo de exportaciones y recomendar criterios sobre dichas materias.

5.

Realizar y promover estudios para el diseño de sistemas especiales de intercambio comercial y de mecanismos que respondan las fluctuaciones de los mercados internacionales y a las prácticas comerciales de otros países.

6.

Promover y preparar, con la colaboración de las entidades y organismos públicos correspondientes los estudios que sirvan de base para el cumplimiento de los acuerdos de integración regional y subregional.

7.

Evaluar el desarrollo de los acuerdos de integración regional y subregional y proponer los ajustes necesarios.

8.

Promover y participar en la evaluación de los estudios de factibilidad de inversiones relacionadas con la integración económica.

9.

Estudiar el desempeño del comercio interno y su relación con el resto de la economía. DIVISION ESPECIAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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