Articulo 43. El Comité de Biblioteca estará integrado por
a)
El Director del Ministerio o su delegado, quien lo presidirá.
b)
El Jefe de la División Administrativa.
c)
El Jefe del Grupo de Biblioteca y Publicaciones, quien será su Secretario.
El Comité De Biblioteca Estará Integrado Por: A) El Director Del Ministerio O Su Delegado, Quien Lo Presidirá
Decreto 1634 de 1960 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Gobierno y se fijan sus funciones.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Articulo 43. El Comité de Biblioteca estará integrado por
El Director del Ministerio o su delegado, quien lo presidirá.
El Jefe de la División Administrativa.
El Jefe del Grupo de Biblioteca y Publicaciones, quien será su Secretario.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.