Micelio

Artículo 105

La Violación De Lo Establecido En El Artículo 70 Da Lugar A La Rescisión Del Contrato, A Más De Las Responsabilidades En Que Haya Podido Incurrir El Arrendatario Por Los Perjuicios Causados Con El Subarriendo A Los Intereses De La Zona O De Particulares Existentes En La Misma

Decreto 2411 de 1975 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca, Industrial y Comercial de Cartagena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La violación de lo establecido en el artículo 70 da lugar a la rescisión del contrato, a más de las responsabilidades en que haya podido incurrir el arrendatario por los perjuicios causados con el subarriendo a los intereses de la Zona o de particulares existentes en la misma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2411 de 1975