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Artículo 25

- Derogado Jurisprudencia [ Mostrar ] Declarada Inhibida Sentencia De La Corte Constitucional C-1370 De 2000 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo 25

Decreto 663 de 1993 · por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 25.- INVERSIONES.

Las compañías de financiamiento comercial podrán invertir en acciones de sociedades anónimas inscritas en bolsa de valores o de entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria.

La inversión en sociedades anónimas inscritas en bolsa y en entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria, diferentes de establecimientos de crédito y sociedades de servicios financieros, no podrá exceder del diez por ciento (10%) de su capital y reservas patrimoniales. La inversión en sociedades de servicios financieros se sujetará al límite consagrado en la letra b. del numeral 1. del artículo 119 del presente Estatuto.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2000
    C-1370/00ConstitucionalidadINHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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