Micelio

Artículo 5

Estructura

Decreto 3570 de 2011 · por el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se integra el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Estructura. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible tendrá la siguiente estructura para el cumplimiento de sus objetivos y funciones

1.

Despacho del Ministro. 1.1 Dirección General de Ordenamiento Ambiental Territorial y Coordinación del Sistema Nacional Ambiental (SINA). 1.1.1 Subdirección de Educación y Participación. 1.2. Oficina de Negocios Verdes y Sostenibles 1.3. Oficina Asesora Planeación. 1.4. Oficina Asesora Jurídica. 1.5. Oficina de Asuntos Internacionales. 1.6. Oficina de Tecnologías de la Información y la Comunicación. 1.7. Oficina de Control Interno.

2.

Despacho del Viceministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible. 2.1. Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos Dirección de Asuntos Marinos, Costeros y Recursos Acuáticos. 2.2. Dirección de Gestión Integral del Recurso Hídrico. 2.3. Dirección de Asuntos Ambientales Sectorial y Urbana. 2.4. Dirección de Cambio Climático.

3.

Secretaría General. 3.1 Subdirección Administrativa y Financiera.

4.

Órganos, Comités y Consejos de Asesoría y Coordinación. 4.1. Consejo Nacional Ambiental. 4.2. Consejo Técnico Asesor de Política y Normatividad Ambiental. 4.3. Consejo Ambiental Regional de la Sierra Nevada de Santa Marta. 4.4. El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno. 4.5. El Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo. 4.6. El Comité de Gerencia. 4.7. La Comisión de Personal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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