Micelio

Artículo 3

Instituto De Enseñanza

Ley 161 de 1936 · por la cual se auxilia el III Congreso Nacional de Empleados, el Comité de Acción de la Clase Media Económica y el Instituto de Enseñanza Especializada

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxiliase con la suma de dos mil pesos($ 2.000)a la Federación de Empleados de Bogotá, con destino exclusivo al fomento del Instituto de Enseñanza Especializada , suma que solamente se pagará después de que tal Instituto se halle debidamente organizado a juicio del Gobierno e inicie sus labores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 161 de 1936