Financiación de los Planes Maestros. Para la ejecución de infraestructura pública definida en los Planes Maestros podrán utilizarse recursos públicos o privados que deben ser definidos en el correspondiente capítulo de financiación. Los Planes Maestros podrán incorporar mecanismos de participación público - privadas, reparto equitativo de cargas y beneficios, suscripción de contratos públicos, de fiducia y demás alternativas viables de acuerdo con el marco Jurídico vigente. En la estimación de costos se incorporarán, en forma integral, todos los gastos asociados al respectivo proyecto de inversión, incluida la operación y puesta en marcha del proyecto. El propósito general de los mecanismos de financiación es asegurar que la infraestructura pública requerida en el marco de los Planes Maestros, en la medida de las posibilidades, sea asumida por los desarrolladores privados que intervienen en su ejecución, y solo en casos excepcionales sea necesaria inversión de recursos públicos.
Decreto 1074 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.4.10.6.1
Financiación De Los Planes Maestros
Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.