El instituto Colombiano de Cultura destinará la mitad de los ejemplares de los libros de autores colombianos que adquiera, a la Biblioteca Nacional, para que ésta los utilice en el desarrollo de su política de canjes.
Decreto 1825 de 1974 →Vigente
Artículo 10
El Instituto Colombiano De Cultura Destinará La Mitad De Los Ejemplares De Los Libros De Autores Colombianos Que Adquiera, A La Biblioteca Nacional, Para Que Ésta Los Utilice En El Desarrollo De Su Política De Canjes
Decreto 1825 de 1974 · Por el cual se reglamenta la ley 34 de 1973
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.