Micelio

Artículo 61

Ley 1 de 1945 · Sobre servicio Militar Obligatorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltase al Gobierno para que el Ministerio de Guerra, en asocio con el de Economía Nacional, fomente la colonización con Oficiales, Suboficiales y soldados de reserva, sin perjuicio de la instrucción militar, en los territorios nacionales que juzgue conveniente. A más de las concesiones establecidas por las Leyes sobre la organización, deberá suministrarse a estos colonos una subvención mensual en dinero, por un término no menor de un ano.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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